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Consejos para tu próxima declaración anual

¿Presentaste tu declaración anual y quedaste con saldo a deber? 

Este mes de abril las personas físicas deben presentar su declaración anual ante el SAT,  una de las causas que  motivan a los contribuyentes a realizar dicho trámite es recibir  reembolsos.

Sin embargo, en ocasiones al proceder a la consulta de saldo este puede salir a deber. Si estás en esta situación, debes  contemplar que el fisco te dará un plazo de 45 días hábiles para solventar tu adeudo, y de no  hacerlo, en casos extremos, el SAT podrá visitarte en  tu domicilio y embargar tus pertenencias. Adicional a esto, debes tomar en cuenta que, el SAT te cobrará un monto por gastos de ejecución por cada visita domiciliaria.

A continuación te dejamos algunos consejos para que en tu próxima declaración anual tus saldos salgan a favor. Recuerda que  para que esto sea posible es necesario que tus egresos sean mayores a tus ingresos. 

Una de las mejores maneras para obtener un saldo a favor es no olvidar facturar lo siguiente:

  • Dentista 
  • Gastos funerarios
  • Gastos hospitalarios por incapacidad o discapacidad
  • Gastos en lentes oftalmológicos
  • Donativos 
  • Intereses reales
  • Aportaciones complementarias al fondo de ahorro
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Colegiaturas

Recuerda que es indispensable que en las facturas venga ese concepto, ya que si viene como gasto general no será deducible. En Bull Tax Contadores tenemos profesionales capacitados para ayudarte a presentar tu declaración anual de la mejora manera, con personal capacitado y atención personalizada.

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Todo lo que debes saber sobre la PTU

¿Sabías que?…

 PTU es  un derecho de las y los trabajadores, y consiste en recibir un porcentaje del 10% de   las ganancias anuales de la empresa, dicho pago se realiza 60 días después de haber presentado la declaración anual, el monto a distribuir a los trabajadores se encuentra topado con dos posibilidades: Uno con el límite no mayor de tres meses de su salario o el promedio recibido por PTU de los últimos 3 años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador

¿Quiénes tienen derecho al PTU?

La secretaria de trabajo y fomento al empleo asegura que dicho derecho es para todas las trabajadoras y trabajadores, excepto: Directores, administradores, gerentes generales. Socios o accionistas. Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda. 

Unos de los cambios más importantes de reparto de utilidades de 2021 para este 2022 son:

Si realizaste servicios en los cuales realizaron la transferencia de personal para el cumplimiento de la reforma (REPSE); aquellos trabajadores que fueron migrados a una compañía del mismo grupo, tienen que repartir dos PTU: el de la empresa que prestaba los servicios de subcontratación laboral y el de la empresa que recibió a los empleados tras la reforma.

Si un trabajador no cuenta con 3 años de servicio en una empresa, el límite de repartición solo podrá ser de 3 meses de sueldo, pudiendo recibir un monto inferior a otros compañeros de trabajo, aunque se cuente con el mismo puesto y se perciba un mismo salario.

 Autor: José Humberto Aragón Acosta.

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Padrón de importadores

¿Has escuchado hablar del Padrón de importadores?

Si deseas diversificar tu negocio e introducir mercancías a territorio nacional, es importante que sepas que el padrón de importadores es un requisito indispensable para realizar importaciones.

Pero ¿qué es el Padrón de Importadores?

  • Es el registro nacional de importadores de México y es una de las obligaciones a cargo de aquellas personas que deseen introducir mercancías al país1*.
  • Este registro le permite a la autoridad monitorear las entradas de las mercancías, así como tener control sobre mercancías de sectores sensibles en territorio nacional.
  • Debes tener en cuenta que dependiendo el tipo de operación y de la fracción arancelaria será el tipo de padrón que se solicite.

¿Quiénes presentan su inscripción?

  • Las personas físicas y morales que deseen importar mercancías a territorio nacional.

¿Qué requisitos necesito para realizar la inscripción?

El Reglamento de la Ley Aduanera en su Art. 82 no indica que;

  • Debes estar registrado y activo en el registro federal de contribuyentes como persona física o moral.
  • Contar con firma electrónica avanzada vigente.
  • Presentar la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales, prevista en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (opinión de cumplimiento positiva), y
  • Los demás requisitos establecidos en las Reglas que al efecto emita el SAT.

1* según la Ley Aduanera en su Art. 59, fracción IV.

En Bull Tax te ayudamos a cumplir con todos estos requisitos y gestionamos tu trámite para que el registro sea aprobado. ​

Para preguntas del servicio de Padrón de Importadores, por favor ingrese sus datos en el siguiente formulario

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Declaración anual 2022

¿Qué es?
La declaración anual es un documento que se debe presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en donde declaras la cantidad de impuestos anuales que te corresponden de acuerdo a tus operaciones en el año anterior, este documento contiene la información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales.

¿Quiénes deben presentarla?

Debes de presentar tu declaración anual si:

  • Si obtuviste ingresos mayores de 400 mil pesos en el año. 
  • Si trabajaste para dos o más patrones, aunque tus ingresos no sean mayores a 400 mil pesos. 
  • Si obtuviste ingresos por honorarios, arrendamiento (renta), actividades empresariales, etc.
  • Si percibiste algún ingreso por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención (como extranjeros)

Entre otros.

¿Qué necesitas para presentar tu declaración anual?

Para hacer tu declaración, necesitas contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC),

contraseña del SAT y la firma electrónica o e firma. Si aún no cuentas con ella podemos apoyarte con el trámite.

¿Cuáles son las fechas para presentarlas?

Personas morales: deberán de presentar su declaración durante el mes de marzo (fecha límite: 31 de marzo.

Personas físicas: deberán de presentar su declaración durante el mes de abril (fecha límite: 31 de abril)

Evita multas, presentamos tu declaración anual.

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Certificado de Sello Digital (CSD)

¿Qué es el CSD?

El Certificado de Sello Digital es un archivo digital emitido por el SAT con todos los datos del contribuyente. Este sello funciona para “firmar” o “sellar” de manera digital las facturas electrónicas con el fin de garantizar el origen de la misma. El CSD fue generado por el SAT para que no se pueda manipular la información contenida en la factura electrónica y de esta manera, evitar la falsificación de estas.

Ten cuidado… el SAT te puede cancelar tu CSD.

El CSD es un archivo indispensable para tu contabilidad ya que, junto con la firma electrónica, es un requisito indispensable para facturar. Por lo tanto, debes tener cuidado de no caer en los siguientes supuestos para que no cancelen tu CSD:

  • Omitir dos o más declaraciones en un mismo ejercicio (consecutivas o no consecutivas)
  • No ser localizado en tu domicilio fiscal o que este no cumpla con los supuestos del artículo 10 del CFF.
  • Cometer delitos de contrabando, defraudación fiscal o encubrir algún delito fiscal
  • Que los impuestos pagados no coincidan con los declarados
  • Contar con errores en los datos de contacto del buzón tributario.
  • Entre otros…

¿Cancelaron tu CSD? No te preocupes, en Bull Tax le damos solución.

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¿Por qué rechazaron mi registro en REPSE?

Sin excepción, a partir de este 1 de septiembre toda empresa que ponga a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para ejecutar las actividades establecidas en el contrato debe estar inscrita en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse).

“En aquellos casos en que exista una prestación de servicios con independencia del origen de la relación jurídica contractual, en donde exista la puesta a disposición de trabajadores se deberá contar con el Repse”, detalló la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El Repse es un padrón público de empresas de outsourcing operado por la STPS, cuyo registro debe renovarse cada tres años. Operar sin este requisito puede equivaler a una multa de 4 millones 481,000 pesos, la misma sanción es aplicable para las empresas que subcontraten un servicio que involucre recibir personal del contratista en su centro de trabajo sin contar con la inscripción en el padrón.

La reforma de subcontratación otorgó un plazo para que las empresas se regularizaran con base a las nuevas reglas, como la inscripción al Repse, el cual venció el 1 de septiembre. Sin embargo, esto no significa que los negocios no puedan seguir iniciando el trámite ante la STPS.

El Repse no es la única nueva regla para las empresas que ya operaban en el sector de la tercerización, también será una norma que deberán tomar en cuenta los negocios de nueva creación que pongan a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para cumplir con las actividades establecidas en el contrato de servicio.

A través de la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de registro en el Repse, la dependencia encabezada por Luisa María Alcalde aclaró que poner a disposición trabajadores propios en beneficio de un tercero es cuando uno o más empleados del contratista ejecutan los servicios especializados en un espacio o centro de trabajo de la propiedad o bajo la administración del contratante, aunque sea esporádicamente.

“En los casos en que los trabajadores de una empresa desarrollen labores en las instalaciones de otra, se considerará que se proporciona o pone a disposición personal cuando los trabajadores de la primera desempeñen sus labores en las instalaciones de la segunda de manera permanente, indefinida o periódica; por lo que, en este caso, la empresa que proporciona o pone a disposición los trabajadores deberá contar con el registro ante el Repse”, señaló la dependencia.

En ese sentido, los servicios que pueden operar bajo las nuevas reglas son los que ponen a disposición personal y esto no implica subordinación entre el cliente y los empleados del contratista.

Para información sobre nuestro servicio

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REPSE

El pasado 23 de abril del 2021 se publicó el decreto donde se reforman los artículos 12 al 15 de la ley federal del trabajo donde se regula la subcontratación de personal.  Como consecuencia, solo se permitirá la subcontratación de servicios especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica.

¿Cuáles son las empresas que ofrecen estos servicios especializados?

Estas empresas proporcionan su personal a un tercero y/o cliente para los siguientes servicios:

  • Mantenimiento Industrial.
  • Seguridad Privada
  • Tecnología Informática.
  • Entre otros…

A partir del 22 de agosto del 2021 todas las personas físicas o morales que presenten los servicios anteriores deben de estar inscritas en el padrón del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Para saber si tu empresa necesita este registro,

El REPSE fue creado para que la autoridad tenga un control que permita identificar, registrar, regular y fiscalizar la subcontratación a través de un padrón público.

Consecuencias de no estar dado de alta en el REPSE:

Es de suma importancia que tu empresa esté inscrita en el REPSE para evitar recibir multas de hasta $ 4’481,000 MXN *1.

Además, si no estas inscrito, las facturas que emitas para tus clientes por concepto de subcontratación de personal no tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento para tus clientes *2. Lo cual, el SAT lo podrá determinar como un delito por operaciones simuladas. 

¿Por qué me pueden rechazar el registro?

Las principales razones por las cuales el 93% de las solicitudes han sido rechazadas, son las siguientes:

  • Por no acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • En caso de que las actividades para las que se solicita el registro no correspondan con las establecidas en el objeto social o en la constancia de situación fiscal de la persona física o moral.

En el caso de que rechacen tu registro, se puede volver a solicitar, siempre y cuando se solvente la inconsistencia, anomalía o irregularidad detectada.

Otras consideraciones:

  • Nuevos contratos:

Los nuevos contratos que se firmen para la subcontratación de servicios u obras especializadas deben contener el registro y folio de la actividad en particular que se está prestando.

  • Cancelación

Es posible que tu registro sea cancelado en el caso de que se deje de cumplir con los requisitos para darse de alta en el padrón.

Evita que cancelen tu registro. Bull Tax se encarga de que tu empresa cumpla siempre con estos requisitos.

CITAS BIBLIOGRÁFICAS:

*1 Artículo 1004-C.- A quien realice subcontratación de personal sin contar con el registro se le impondrá multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

*2 15-D CFF

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Causas más comunes de suspensión del padrón de importadores y exportadores

En nuestros blogs pasados sobre Padrón de importadores y Padrón de exportadores hablamos sobre los requisitos para formar parte del padrón. Es necesario que las personas físicas o morales que ya estén inscritas continúen cumpliendo con estos requisitos, ya que, de lo contrario, pueden ser suspendidos del padrón. 

A continuación, te presentamos unas de las causas más comunes por las que se puede dar la suspensión de un padrón: 

  1. No presenta su declaración de impuestos federales o incumple alguna otra obligación fiscal. (III)
  2. Que el contribuyente no sea localizado en su domicilio fiscal, o que esté en el supuesto de no localizado inexistente. (IX)
  3. Un contribuyente inscrito en el Padrón permita a otro que se encuentre suspendido, seguir efectuando sus operaciones de comercio exterior. (XVII)
  4. Que el contribuyente tenga créditos fiscales firmes y/o créditos fiscales que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas. (XVIII)
  5. El contribuyente, no presente la documentación e información que acredite el cumplimiento de sus obligaciones, o lo realice en forma incompleta.

Se recomienda tener controles administrativos y de cumplimiento para evitar la suspensión del padrón de importadores y exportadores. Sin embargo, es posible que los contribuyentes se reincorporen a su padrón correspondiente. 

En Bull Tax, te asesoramos y gestionamos la reincorporación de tu empresa al padrón. 

*artículos 59, fracción IV, de la Ley, 84 y 87 último párrafo del Reglamento

 

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SISUB

En nuestro blog hablamos sobre la nueva obligación de presentar las informativas de contratos al IMSS por medio de la herramienta ICSOE. En esta ocasión hablaremos sobre la nueva obligación de presentar informes cuatrimestrales de INFONAVIT por medio del nuevo portal empresarial SISUB.

El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) se liberó el pasado 1 de septiembre del 2021 con el objetivo de ayudar a los patrones que cuentan son REPSE a cumplir con sus obligaciones según lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit. Además de presentar la información referente al artículo mencionado anteriormente, los patrones deben de reportar la siguiente información:

  • la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta
  • los datos del beneficiario del servicio del esquema de subcontratación

Es importante saber que, para que no cancelen tu REPSE, es necesario cumplir con esta obligación a más tardar los días 17 de los meses enero, mayo y septiembre. Por lo tanto, no olvides que el primer informe cuatrimestral de Infonavit se debe de presentar antes del 17 de septiembre del presente año.

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SIROC

¿Qué es?

El Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC), anteriormente denominado SATIC, es un aplicativo desarrollado por el IMSS con el objetivo de que los propietarios de las obras de construcción cumplan con las obligaciones según la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, para beneficio de Los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.

Los patrones tienen la obligación de declarar ante el IMSS ciertos registros, por obra de construcción, que se pueden resumir en los siguientes tres puntos:

  • Registro de obra (tipo de obra, su ubicación y trabajos a realizar)
  • Registro de Incidencia de Obra
  • Reporte Bimestral.

Deja en manos de expertos todos los controles de obra necesarios para cumplir con las obligaciones SIROC.

¿Quién está obligado a cumplir con esta obligación?

  • patrones propietarios 
  • contratistas 
  • subcontratistas 
  • intermediarios 

Estas personas necesitan registrarse previamente, como usuarios en el escritorio virtual del portal IMSS Digital y autentificarse con la firma electrónica (emitida por el SAT).

Por último, es importante saber que el incumplimiento u omisión puede ocasionar fuertes sanciones económicas e incluso el cierre de obra.

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